El Procurador General Neronha anuncia nuevas y mejoradas condiciones y modificaciones a la decisión de Centurión

Las condiciones imponen nuevos requisitos de gasto de capital y mejores herramientas de supervisión para el Fiscal General
PROVIDENCE, R.I. – El Fiscal General Peter F. Neronha anunció hoy una serie limitada de enmiendas a la Decisión sobre la Ley de Conversión de Hospitales, emitida originalmente el 20 de junio de 2024 y modificada por primera vez el 14 de noviembre de 2024, para aprobar condicionalmente una transacción que permitiría el cambio de propiedad de un sistema de atención médica que incluye dos hospitales locales de la red de seguridad, el Centro Médico Roger Williams y el Hospital Nuestra Señora de Fátima, de Prospect Medical Holdings a la Fundación Centurión.
Esta Segunda Decisión Enmendada modifica la decisión para adaptar una estrategia de financiamiento de bonos modificada ante las dificultades del mercado de bonos, a la vez que implementa salvaguardas adicionales para proteger el sistema CharterCARE. Estas enmiendas se reflejan en cuatro nuevas condiciones y nueve condiciones enmendadas, además de una serie de enmiendas que reflejan los cambios previamente requeridos de conformidad con el procedimiento de quiebra de Prospect.
Es importante destacar que esta Segunda Decisión Enmendada no modifica las conclusiones principales de la revisión inicial de esta Oficina de la solicitud de la Ley de Conversión de Hospitales. En cambio, la nueva Decisión está diseñada para fortalecer la capacidad del Fiscal General para proteger a los Hospitales de Rhode Island.
“Si bien este es un proceso complejo, nuestro objetivo es simple: asegurar que nuestros hospitales de red de seguridad estén en la mejor posición posible para servir a nuestras comunidades durante el mayor tiempo posible”, declaró el Fiscal General Neronha. Teniendo en cuenta que la Fundación Centurion ha enfrentado dificultades para obtener la financiación de bonos necesaria para cerrar la venta, mi Oficina ha modificado el requisito de efectivo disponible al cierre de $80 millones a $45 millones. Reconociendo que esto reduce la posición de efectivo del sistema CharterCARE al cierre, también imponemos una serie de nuevas condiciones que protegerán aún más a nuestros hospitales, incluyendo la exigencia de que Centurion obtenga el déficit de efectivo de $35 millones dentro de los 90 días posteriores al cierre de la transacción, invierta $50 millones en gastos de capital y, lo que es más importante, otorgar a mi Oficina la facultad de solicitar la administración judicial de los hospitales en caso de ser necesario. Además, las otras condiciones recientemente modificadas otorgan a la Oficina una mayor supervisión para garantizar que nuestros hospitales se gestionen adecuadamente y puedan seguir sirviendo eficazmente a nuestras comunidades.
Todos los habitantes de Rhode Island merecen una atención médica de calidad, accesible y asequible. La supervivencia de estos hospitales de la red de seguridad es absolutamente crucial para el futuro del sistema de atención médica de Rhode Island; no podemos permitirnos perderlos. Estas condiciones nuevas y modificadas ofrecen un mejor camino a seguir para que estos hospitales puedan sobrevivir y quizás prosperar”.
La Segunda Decisión Enmendada contiene las siguientes nuevas condiciones:
Condición 41 (Gastos de Capital): Esta condición exige que, dentro de los tres años siguientes al cierre de la transacción, Centurion y el Nuevo Sistema CharterCARE inviertan al menos 50 millones de dólares en gastos de capital en los Hospitales de Rhode Island.
Condición 42 (Administración Judicial): Esta condición exige que Centurion y el Nuevo Sistema CharterCARE no impugnen la legitimación ni el derecho del Fiscal General a solicitar el nombramiento de un administrador judicial del Nuevo Sistema CharterCARE en caso de insolvencia del Nuevo Sistema CharterCARE o de impago de cualquier cuota de capital o intereses de cualquier financiación con bonos, o de incumplimiento de cualquier convenio, requisito o condición aplicable de financiación con bonos dentro del plazo de subsanación aplicable, o de impago de efectivo disponible durante al menos cuarenta (40) días.
Condición 43 (Supervisión Reforzada): Esta condición dispone que el Fiscal General contrate a uno o más consultores financieros y/u operativos, a cargo de Centurion o del Nuevo Sistema CharterCARE, para que le informen y le brinden apoyo analítico sobre el estado financiero y operativo del Nuevo Sistema CharterCARE, en caso de que el efectivo disponible del Nuevo Sistema CharterCARE sea inferior a cuarenta (40). Además, esta condición otorga al Fiscal General el derecho a un representante sin derecho a voto en las juntas directivas del Nuevo Sistema CharterCARE en caso de que el efectivo disponible del Nuevo Sistema CharterCARE sea inferior a treinta (30).
Condición 44 (Exención de la Quiebra): Esta condición exige que, en caso de quiebra u otro procedimiento de insolvencia que afecte al Nuevo Sistema CharterCARE o a cualquiera de sus activos, Centurion, el Nuevo Sistema CharterCARE y sus respectivos hospitales, clínicas, filiales, etc., (i) consientan la exención de la suspensión automática del Código de Quiebras o de cualquier otra suspensión aplicable, y (ii) no se opongan de ninguna otra manera a ninguna solicitud del Fiscal General para que se nombre un síndico en Rhode Island y para que el Nuevo Sistema CharterCARE o cualquiera de sus activos sean excluídos de cualquier quiebra o masa similar tras el nombramiento de un síndico.
La Segunda Decisión Enmendada también incluye los siguientes cambios a las condiciones existentes:
Condición 12 (Financiación Hospitalaria Inicial): Esta condición se modifica para reducir el requisito de efectivo disponible de 80 millones de dólares a 45 millones de dólares. Además, se modifica para establecer que Centurion y el Nuevo Sistema CharterCARE obtendrán hasta 35 millones de dólares en fondos adicionales dentro de los primeros 90 días posteriores al cierre de la transacción, de modo que, en total, estos nuevos fondos, junto con la Financiación Hospitalaria Inicial de 45 millones de dólares, totalicen 80 millones de dólares.
Condición 13 (Fondo Hospitalario): Esta condición se complementa con la inclusión de una disposición adicional que exige que, cuando el saldo del Fondo Hospitalario sea inferior a 50 millones de dólares, el Fiscal General reciba notificación previa de cualquier gasto no destinado a capital planificado por el Comité de Gobernanza del Fondo Hospitalario. Además, el Fiscal General podrá optar por tener un representante sin derecho a voto en el Comité de Gobernanza del Fondo Hospitalario.
Condición 17 (Consultor de Transformación): Esta condición se modifica para exigir que el Fiscal General reciba la notificación de los candidatos y el alcance propuesto del puesto del Consultor de Transformación a más tardar 10 días antes del cierre, y que la contratación del Consultor de Transformación se realice antes del cierre.
Condición 22 (Composición de la Junta Directiva): Esta condición se modifica para incluir el requisito de que los Directores Comunitarios nombrados para cualquiera de las juntas directivas de CharterCARE sean independientes y no estén empleados ni afiliados a la Fundación Centurion ni a sus afiliadas.
Condición 25 (Capacitación en Funciones Fiduciarias): Esta condición se modifica para exigir que el Fiscal General apruebe los materiales de capacitación, el contenido y al facilitador de la capacitación requerida en funciones fiduciarias; para aumentar la frecuencia de la capacitación; y para exigir específicamente una capacitación intensiva inicial dentro del primer trimestre de operaciones.
Condición 32 (Monitoreo y Expertos): Esta condición se modifica para exigir que Centurion y el Nuevo Sistema CharterCARE firmen acuerdos de pago con el Fiscal General para el pago de los monitores y expertos antes del cierre de la transacción, en una forma aceptable para el Fiscal General.
Condición 34 (Informes Mensuales y Trimestrales): Esta condición se modifica para exigir que Centurion y el Nuevo Sistema CharterCARE presenten al Fiscal General mensualmente todos los informes especificados en la subsección II del Apéndice E de la decisión del RIDOH, así como evidencia de los días de efectivo disponible del Nuevo Sistema CharterCARE y una proyección de flujo de caja de 13 semanas.
Condición 35 (Informes Anuales): Esta condición se modifica para exigir la presentación de pruebas de gastos de capital como parte de los requisitos de los informes anuales.
Condición 36 (Avisos): Esta condición se complementará para incluir requisitos adicionales para notificar por escrito al Fiscal General en caso de que: los días de efectivo disponible del Nuevo Sistema CharterCARE sean inferiores a cuarenta (40); los días en que el efectivo disponible del Nuevo Sistema CharterCARE cae por debajo de treinta (30); o el Nuevo Sistema CharterCARE no paga a tiempo alguna cuota de capital y/o interés bajo alguna transacción de financiamiento de bonos o no cumple con cualquier convenio, requisito o condición de financiamiento de bonos aplicable dentro de cualquier período de subsanación aplicable.
Además, en virtud del procedimiento de quiebra de Prospect Medical Holdings, el Fiscal General obtuvo los 50 millones de dólares restantes del depósito en garantía establecido en 2021 tras la salida del inversor de capital privado Leonard Green como propietario del Sistema CharterCARE. De conformidad con una orden judicial, estos fondos están totalmente bajo el control del Fiscal General y se destinan al Sistema CharterCARE como parte de esta transacción, y se utilizarán para respaldar la creación del Fondo Hospitalario.
Puede consultar más detalles sobre estas aclaraciones y modificaciones en el sitio web del Fiscal General.